El pasado 1.° de noviembre, los colombianos manifestaron su indignación al enterarse de que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) había solicitado la libertad condicional de Luis Alfredo Garavito, el mayor asesino en serie y violador de niños de Colombia, quien habría violentado al menos 186 menores durante una década en 11 departamentos.
La solicitud causó tanto revuelo que el propio presidente de la República, Iván Duque Márquez, se pronunció: “Tengo profunda indignación, de que esa bestia de Garavito saliera de prisión. Es un bandido, un delincuente, una rata apestosa, quien les hizo daño a miles de niños, el destino de ese delincuente es seguir en la cárcel “afirmó el jefe de Estado.
El INPEC aclaro que la solicitud presentada en el caso de Garavito, quien en el año 2000 fue condenado a 40 años de prisión, es un procedimiento legal rutinario que la entidad debe adelantar con todos los privados de la libertad cuando cumplen ciertas condiciones.
Apenas el pasado mes de septiembre, la Corte Constitucional tumbó la ley de cadena perpetua para violadores de niños por considerar que iba en contra de la carta magna.
El alto tribunal concluyó que “el Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el artículo 34 de la constitución, pues afectó un eje definitorio de la carta como lo es el estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana”.
Además, aseguró que “aoger ahora una sanción como la prisión perpetua configura un retroceso en materia de humanización de las penas, en la política criminal y en la garantía de resocialización de las personas condenadas”.
Con todo este panorama, el caso de Garavito volvió a poner sobre la mesa la discusión sobre si hay condenados que no deben ser liberados por su alta peligrosidad, incluso después de haber pasado por un proceso de resocialización.
Edna Carolina Melo, directora del Centro de Pensamientos Pospenados de la Universidad Nacional, aseguró que “hay un 20 por ciento de los privados de la libertad que no deberían ser liberados debido que serían un riesgo permanente para la comunidad, ya que reincidirían en los crímenes por los que fueron condenados”.
Hacinamiento, el obstáculo para mantener presos a los condenados altamente peligrosos
De acuerdo con la investigadora, “debido al hacinamiento de las cárceles en Colombia, es prácticamente imposible identificar quién no tiene la capacidad de resocializarse, debido que todos (los internos) son tratados igual y no de manera diferenciada”.
En el año 2019, el hacinamiento en el país era del 48%. Aunque solo había espacio para 80.227 internos, los centros de reclusión tenían 118.769 personas tras las rejas, presentado una sobrepoblación de 38.542 personas, según datos del INPEC.
Los registros del instituto en el año 2020 muestran que, por la pandemia, el hacinamiento bajó al 21.56 %, con una sobrepoblación de 17.395 privados de la libertad.
En lo que va corrido del 2021, la población carcelaria es de 97.774 personas, con una sobrepoblación de 15.478 cupos carcelarios, reduciéndose a un 18 % el hacinamiento en las prisiones de Colombia, el más bajo en 20 años.
"Si no hubiera hacinamiento, esta población psicopática podría ser atendida de manera adecuada, respetando sus derechos humanos y manteniéndolos bajo condición intramural de por vida, debido que no tienen la capacidad de tener empatía, por tanto, no son capaces de reparar a las víctimas”, aseguró Melo.
¿Pueden resocializarse los psicópatas y abusadores sexuales?
Augusto Pérez, director y psicólogo de la ONG corporación Nuevos Rumbos, aseguró que “hay ciertos tipos de delincuentes que no se pueden resocializar, como son los asesinos en serie, debido que saldrían a cometer nuevamente los crímenes por los que fueron condenados”.
Este tipo de delincuentes tiene una falta de control de pulsiones desde la parte emocional y sexual, aseguró Pérez, que los hace altamente peligrosos, especialmente para los asesinos de niños y los violadores, quienes tienen una distorsión de la personalidad que los lleva tener una atracción sexual inadecuada.
El psicólogo dijo que “no existe ningún tratamiento el cual los abusadores y los psicópatas puedan tener un comportamiento normal y se pueda corregir sus comportamientos desviados, por ello, no hay que tener una expectativa al respecto de que puedan cambiar”.
Para el investigador, la cadena perpetua no es posible debido que la Constitución lo prohíbe. Además la pena más alta en Colombia por estos crímenes es de 60 años, lo cual, en varios casos, es equivalente a una vida entera en prisión.
La oportunidad de la resocialización
Por principio constitucional, todo privado de la libertad tiene derecho a un trato digno y no debe ser sometido a tratos crueles e inhumanos como la pena de muerte, la cadena perpetua o el destierro, y se le debe respetar el derecho a la resocialización.
Ángela Perdomo, master en criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León, quien trabajó con el INPEC por cinco años, con población carcelaria, explica cómo es el proceso de resocialización de las personas privadas de la libertad.
“Como principio profesional de la criminología, creemos profundamente en que las personas pueden resocializare y puedan convivir en sociedad una vez que recuperen la libertad”, afirmó la experta.
Según la investigadora, “se debe analizar las situaciones que predisponen al sujeto al crimen y los factores que llevaron al privado de la libertad a cometer uno o varios delitos, en especial las vivencias que han tenido en el transcurso de vida”.
Para lograr un proceso de resocialización se debe partir de la voluntad del sujeto y que desee participar de los programas dispuestos al mejoramiento de sus conductas, es decir se parte del principio de voluntariedad, aseguró la experta.
Para que haya una resocialización exitosa, los factores de contexto social o biológicos tienen que ser favorables, para que el condenado no reincida en los delitos que lo privaron de la libertad.