En la Comisión VI de la Cámara de Representantes, Telésforo Pedraza presentó el Proyecto de ley 95 en el 2013 llamado "Telefonía Móvil” para tomar medidas sobre la protección de derechos de los consumidores. Actualmente, la propuesta se revisa para su actualización con el fin de presentarlo nuevamente.
El Representante afirma que el objeto fundamental del Proyecto es tomar “medidas para la protección de los derechos que les asisten a los consumidores de redes y servicios de telefonía móvil”. Este impide que el consumo de los minutos de celular se someta a un término o condición y establece el cobro por segundos, en vez de un cobro por minutos que está en contravía de la economía y los intereses del usuario para evitar un alza en los precios.
El motivo impulsor de la propuesta nace por el sinnúmero de quejas y reclamos interpuestas en la Superintendencia de Industria y Comercio que se muestran por el mal servicio que prestan los operadores de telefonía celular y el quebranto que sufren los usuarios de los planes que ofrecen las empresas.
El representante a la Cámara, Telésforo Pedraza, presentó el proyecto porque considera que “en la sociedad ha presento porque según él, "en la sociedad surge la necesidad de presentar esta iniciativa, la cual va encaminada a proferir medidas para la protección de los derechos que les asisten a los consumidores de redes y servicios de telefonía móvil, con relación a la facturación por segundos, saldos no consumidos en postpago, saldos vencidos en prepago, saldos remanentes, roaming internacional, sanciones a los proveedores de redes y servicios de telefonía móvil y otras disposiciones para la protección de los derechos que les asisten a los usuarios de redes y servicios de telefonía móvil".
Para profundizar en la información sobre el proceso y cumplimiento del proyecto, en entrevista con Plaza Capital, el representante Telésforo Pedraza responde:
Plaza Capital: ¿ACTUALMENTE CUÁL HA SIDO EL SEGUIMIENTO QUE SE LE HA HECHO AL PROYECTO DE LEY?
Telésforo Pedraza: El Proyecto de Ley fue radicado ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes el 9 de septiembre de 2013 y publicado en la Gaceta del Congreso No. 747 de 2013 como lo establecen los artículos 144 y 147 de la Ley 5ª de 1992, enviado a la Comisión Sexta y nombrando como ponente a la Representante Juana Carolina Londoño. La ponencia para primer debate en Cámara no surtió trámite y finalmente el Proyecto de Ley fue archivado por tránsito de legislatura. Actualmente el Proyecto de Ley se revisa para su actualización con el fin de presentarlo nuevamente.”
P.C: ¿QUÉ SE ENFRENTARÍAN LAS EMPRESAS DE TELEFONÍA MÓVIL CON EL PROYECTO?
T.P: El Título II del proyecto de Ley “de la facturación del servicio de telefonía celular” establece en sus siguientes artículos obligaciones con respecto a la facturación por segundos, los saldos no consumidos en postpago, saldos vencidos en prepago, información de los saldos vencidos y no consumidos, el disfrute del servicio de telefonía móvil, los saldos remanentes y la ineficacia. El Título III “De la prestación de servicios de Roaming Internacional” establece obligaciones en cuanto a la activación del servicio y las tarifas del servicio de Roaming internacional. Igualmente se plantea en el Artículo 13 que “en ningún caso, los proveedores de redes y servicios de telefonía celular podrán suspender el servicio por falta de pago. La desconexión del servicio se presentará como la última medida”.
P.C SI EL PROYECTO FUERA APROBADO, ¿EN CUANTO TIEMPO ENTRARÍA EN VIGENCIA?
T.P: El artículo 15 del Proyecto de Ley establece que “la presente entrará en vigencia tres meses después de su promulgación y deroga todas las normas que le sean contrarias”.
Ricardo Orlando Guzmán actualmente es usuario de una línea telefónica en una empresa de telefonía móvil y afirma " tengo dificultades con la línea, también he pagado el triple de la tarifa que acordé desde que empecé mi plan postpago, y sobre todo, no hemos llegado a un acuerdo. Gestioné un reclamo con una carta con los parámetros que me pidió la empresa y no se comunicaron conmigo. Actualmente mi situación es que si no pago mi cobro estipulado y el valor que es, me registran en las centrales de riesgo".
Finalmente, al año miles de millones de pesos pierden los colombianos porque pagan por unos minutos que no son consumidos en las condiciones que establecen los proveedores de redes y servicios de telefonía celular. El 31 de mayo de 2010, la Contraloría General de la República realizó un estudio denominado “el estado actual del servicio de telefonía móvil en Colombia”, en donde manifiesta su preocupación por los ingresos que reciben los operadores por saldos no consumidos, los cuales según sus afirmaciones, podrían constituir una manifestación de un posible abuso de posición dominante de éstos frente a los usuarios.