Hacinamiento del mil por ciento y una vulneración sistemática de los derechos humanos: la grave realidad de los centros de detención en Bogotá

Viernes, 19 Noviembre 2021 14:14
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Solamente en la URI de Kennedy, que tiene cupo para 30 detenidos, la Defensoría del Pueblo contabilizó 780, lo que representa un hacinamiento del 1.016%. 

Según la Defensoría del Pueblo, los centros transitorios de detención están en peores condiciones que las cárceles. Foto: Personería de Bogotá Twitter: @personeriabta||| Según la Defensoría del Pueblo, los centros transitorios de detención están en peores condiciones que las cárceles. Foto: Personería de Bogotá Twitter: @personeriabta||| |||
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La situación carcelaria y penitenciaria en Bogotá es preocupante para la Personería y la Defensoría del Pueblo, quienes realizaron visitas entre los meses de octubre y noviembre, alertando que en estaciones de policía en las localidades de Bosa, Chapinero y Teusaquillo el índice de hacinamiento superaba el 500 por ciento, mientras que en las Unidades de Reacción Inmediata (URI), supera el 1000 por ciento, lo que se traduce en la vulneración constante y agravada de derechos humanos para los privados de la libertad.  

De igual forma, el panorama en las cárceles de la capital no es el más alentador. El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) reportó en su base de datos que, a corte de 9 de noviembre, el índice de sobrepoblación en las cárceles era del 19,7 por ciento, reportando 2.038 reclusos más de los que puede soportar la capacidad carcelaria de Bogotá. En comparativa, el índice de la ciudad está un punto por encima del índice de hacinamiento nacional (18,84 %).  

El problema de sobrepoblación que se vive en las cárceles en Colombia no es algo nuevo, pues los mismos datos del INPEC demuestran que el índice promedio de hacinamiento en los últimos siete años supera el 50 por ciento. Este dato refleja que en promedio se llegan a albergar 120.000 detenidos cuando la capacidad de los establecimientos carcelarios en todo el país es de 82.296.  

Frente a la gravedad de la situación, Alfredo Rodríguez, abogado penalista de la Universidad Pompeu Fabra de Españapuntualiza que esto se debe a los problemas de infraestructura en los centros de detención a nivel nacional. “Históricamente, la tendencia siempre ha sido la existencia de un hacinamiento, porque el Estado no cuenta con la infraestructura suficiente para darle cabida a las personas privadas de la libertad”.  

Aunque la situación de sobrepoblación penitenciaria ha sido persistente, la aparición de la emergencia sanitaria y las medidas de confinamiento le dieron un ligero alivio a la situación intramural. El mes de marzo del 2020 inició con una tasa de hacinamiento en las cárceles de un 52,07 %, pero este indicador fue disminuyendo significativamente hasta situarse en 18,84 % para el mes de noviembre de 2021.  

Rodríguez explica que se presentó una disminución del indicador en virtud de los cambios que el marco penal sufrió por la emergencia sanitaria. En este último año y medio “a múltiples personas se les flexibilizaron los requisitos para verse favorecidos en temas como la detención domiciliaria, y eso llevó a que el hacinamiento bajara de unas proporciones superiores del 50 por ciento a 10 o 20 por ciento”. 

Pese a que las cifras disminuyeron el problema sigue ahí, algo que para la Defensoría del Pueblo es inaudito. Carlos Camargo, defensor del Pueblo, reveló en un informe de visita el pasado 9 de noviembre que en algunas URI en Bogotá se reporta hacinamiento de hasta 1.000 %, pues mientras la capacidad de estos centros es de aproximadamente de 30 detenidos, al momento de la visita la Defensoría contabilizó hasta 780 individuos.  

Camargo aseguró que hay detenidos que llevan más de dos años, cuando el tiempo máximo establecido que deben permanecer en estos lugares por 36 horas. “Allí no se dan las condiciones mínimas en las que puede habitar una persona. Se evidencian fallas en la prestación del servicio de salud, alimentación y otros”, como se establece en el informe. 

No obstante, la situación no es única en Bogotá. En ciudades como Cali, el índice de hacinamiento en el centro de reclusión transitorio Fray Damián es de 3.220 %. El establecimiento alberga en este momento 500 detenidos, cuando su capacidad es de 15.  

En relación a esta situación, el penalista Alfredo Rodríguez considera que cuando se habla de derechos humanos “el núcleo de la dignidad humana se ve incumplida más de lo que se debe en un escenario de hacinamiento. No hay un cumplimiento en las condiciones de salubridad, alimentación, resocialización e incluso en la garantía de visitas familiares o de su abogado. Como hay tantos detenidos, habrá muchas filas, y en algunos casos por el tiempo de espera no se logrará la visita, vulnerando el derecho a la defensa".

Como consecuencia de esta situación, el experto cree que las recientes fugas y motines en las estaciones de policías pueden ser causadas por el hacinamiento. En la medida en que un guardia o un policía tenga bajo su supervisión a más reclusos, será más fácil la evasión y fuga de estos centros, como añade Rodríguez, recalcando en la insuficiencia infraestructural. 

A propósito de las fallas en la capacidad penitenciaria del país, el presidente Iván Duque anunció el pasado 5 de octubre el proyecto para construir una nueva cárcel en Bogotá que amplíe la capacidad y descongestione el sistema penal. Para Rodríguez, este planteamiento representa una solución a corto plazo, pues eventualmente la cárcel se va a llenar. Por lo tanto, su análisis implica una reformulación de los comportamientos que merecen cárcel, con el fin de reducir la cantidad de personas privadas de la libertad.  

“El modelo de restricción de la libertad, necesita una mejor infraestructura y mayores recursos. Sin embargo, en nuestra realidad, se puede reformular las condiciones por las cuales alguien merece cárcel. El propósito es desahogar el sistema penal de aquellos comportamientos a los cuales se les ha impuesto cárcel y que eventualmente puedan no necesitarla”, agrega el penalista.  

Descongestionar el sistema implicaría aplicar sanciones como la detención domiciliaria, el uso de multas o el servicio comunitario antes que cárcel para aquellos delitos que así se puedan considerar, como concluye Rodríguez, apuntando que ello no significa renunciar del todo a las instancias carcelarias.