A través de un decreto expedido el 27 de agosto, la Alcaldía de Bogotá estableció una reglamentación en torno al aseo, limpieza y recolección de escombros en el Distrito Capital. La prescripción dispone que quienes incumplan con alguna de las infracciones dispuestas, tanto personas naturales como jurídicas, serán sancionadas con comparendos ambientales.
Plaza Capital salió a la calle para indagar si la gente de Bogotá sabe o no de la medida, qué sabe y qué piensa al respecto. En términos generales, son claramente identificables dos posturas referentes a la pertinencia de las multas como modelo pedagógico, sus alcances y futuras repercusiones.
La mayoría de personas entrevistadas consideran que la medida puede ser muy efectiva para concientizar a las personas sobre la importancia de un sistema coordinado y organizado en el tema de basuras y del reciclaje. “Me parece muy bien que se multe a la gente inconsciente, no solo con el medio ambiente sino también con la estética de los lugares de la ciudad, una ciudad que está decayendo. Necesitamos más amor para Bogotá.” afirmó Manuel Gómez, arquitecto que vive en Bogotá.
Sin embargo, hay quienes consideran que esas determinaciones son represivas, y que lo que en realidad le hace falta a la gente es educación y cultura. “El problema no es de sanciones económicas, el problema es que se espera un mayor impacto de la educación para crear verdadera conciencia” dijo Edmundo Caicedo, contador público.
Uno de los aspectos generalizados dentro de los ciudadanos es el desconocimiento general de la medida. A grandes rasgos, no hay claridad sobre cuáles son todas las “conductas ilícitas” y sanciones correspondientes, como tampoco sobre el periodo de prueba que ha dispuesto el distrito.
Según la medida, pueden ser susceptibles de multa acciones que pongan en peligro “el equilibrio ambiental en vías o espacios públicos”, conforme a la implementación de "un modelo eficiente y sostenible de gestión de los escombros en la ciudad”. Así, sacar la basura en horarios que no corresponden a la zona, arrojar residuos sólidos o escombros en espacio público, dificultar la actividad de barrido y recolección de residuos sólidos o de escombros, entre otras acciones; serán consideradas, a la luz de este decreto, como conductas ilícitas.