¿Qué tan fácil es obtener un arma de fuego legal en Colombia?

Domingo, 16 Febrero 2020 14:32
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La única forma de comprar un arma de fuego legal en Colombia es a través del Ministerio de Defensa e Indumil tras cumplir una serie de requerimientos específicos. Plaza Capital le cuenta el proceso.

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¿Qué debe hacer alguien que desea comprar un arma de fuego de manera legal? ¿Cuáles son los pasos que seguir para comprar un arma? ¿Cuántas limitaciones existen para el comprador?

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El debate frente a la tenencia y el porte de armas ha revivido en el país durante las últimas semanas tras el caso del médico que le disparó a tres sujetos que intentaron robarle sus pertenencias cuando pasaba por un puente peatonal en la calle 122 con Carrera Novena en el norte de Bogotá. 

El representante a la Cámara por el Centro Democrático, Christian Garcés, le solicitó al presidente Iván Duque elaborar una mesa de trabajo para revisar el decreto que permite el porte de armas. Esto argumentando que se debe proteger el derecho a la legítima defensa para todos los colombianos. 

El decreto ley 2535 de 1993 regula las normas sobre armas, municiones y explosivos. Aquí se pueden encontrar las definiciones y limitaciones de estas, cuáles accesorios y armas están prohibidos para uso del público, regulaciones sobre el porte, la tenencia, el transporte y la pérdida o destrucción de las mismas y todos los requisitos necesarios para obtener los permisos.

Son muchos los casos en los que una persona acude a Indumil (industria estatal colombiana a cargo de la fabricación y venta de armas) para comprar un revólver o una pistola. El interesado debe acogerse a los procesos que establece el decreto. Pero, también hay casos en los que un arma es heredada, algo que, al igual que en los casos de compra, debe ceñirse a los procedimientos de la ley.

Un arma por herencia

Javier heredó un arma de su padre. Es un revolver Smith and Wesson calibre .32 de seis tiros que era utilizado en la finca de su familia para ahuyentar animales que podían llegar a causar daños a los cultivos y por la misma seguridad de la familia. Dice que nunca se tuvo con la intención de llegar a agredir a alguien. La pieza permaneció, de manera legal y con los documentos necesarios, en su casa durante muchos años por venir sin ser accionada y Javier, por puro romanticismo como dice, conservó el revolver incluso tras la muerte de su padre.

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Ahora bien, esta no es una herencia común de un objeto al que se le tenga cariño en la familia como lo pueden llegar a ser un reloj de un padre o las joyas de una madre. En este caso, fue necesario acudir al Ministerio de Defensa para poder llevar a cabo todo un proceso para que Javier pudiera, formalmente, reclamar el revolver como suyo; lo mismo que tendría que hacer una persona que estuviera interesada en comprar cualquier tipo de arma. Sin embargo, un civil no puede tener cualquier pistola, rifle o revolver ya que el Decreto 2535 de 1993 determina que existen tres clasificaciones de armas de fuego: armas de guerra o de uso privativo de la Fuerza Pública, armas de uso restringido y armas de uso civil.

La primera categoría corresponde a las armas que son de uso exclusivo de la Fuerza Pública como lo son pistolas y revólveres con un calibre superior al .38, fusiles y carabinas semiautomáticas con un calibre también superior al .38, armas automáticas sin importar su calibre y otro tipo de armas como lo son lanzacohetes, granadas o morteros. La segunda categoría corresponde a las armas que podrán ser utilizadas para defensa personal especial de forma excepcional -y autorizada por el Ministerio de Defensa- como lo son revólveres y pistolas con un calibre superior al .38 y pistolas automáticas o subametralladoras. Por último, la tercera categoría corresponde a las armas de uso civil, aquellas que un ciudadano colombiano puede comprar o heredar, así como es el caso de Javier. Esta tercera categoría, a su vez, se divide en tres secciones: armas de defensa personal, armas deportivas y armas de colección.

En el caso de la tercera sección, aquella que Javier debía tener en cuenta para heredar el revolver de su padre, existen condiciones muy específicas que debe cumplir cada arma para poder hacer parte de esta y ser utilizada por un civil. Entre estas se incluyen que los revólveres y pistolas tengan un calibre máximo de .38 y una longitud máxima de cañón de 6 pulgadas (15 centímetros), que el funcionamiento de las pistolas sea por repetición o semiautomática, una capacidad de proveedor no mayor a nueve disparos -con excepción de las armas calibres 22, las cuales pueden tener un proveedor de 10 cartuchos-, que las carabinas no sean automáticas y que las escopetas no tengan una longitud de cañón superior a las 22 pulgadas (56 centímetros).

Tres tipos de permisos para tener un arma

Afortunadamente para Javier, el Smith and Wesson que heredó cumplía todos los requisitos para ser catalogada como un arma de uso civil de defensa personal. Por esto mismo, tuvo que acudir con la partida de defunción de su padre al Ministerio de Defensa y realizar un trámite de renovación del permiso de tenencia que se existía sobre el arma. Ahora bien, hay tres tipos de permisos para un particular: tenencia de arma, porte de arma y permisos especiales. El primero significa que un civil está autorizado para tener un arma en un espacio específico y registrado -puede ser su hogar o lugar de trabajo- que pretende proteger; este era el trámite que Javier debía renovar ya que era el permiso con el que contaba su padre. El segundo, le permite al titular del permiso llevar consigo un arma con base en las condiciones de seguridad de quien lo solicite. Finalmente, el permiso especial es aquel que se concede para la tenencia o el porte de armas que están destinadas a proteger misiones diplomáticas o funcionarios extranjeros acreditados.

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Una vez se confirmó que Javier había heredado un arma que cumplía con los requerimientos, procedió a realizar el resto del trámite para la actualización de permisos vencidos para porte y tenencia de armas. Esto incluyó adquirir un código de pago por 29.600 pesos que le permitiría generar una cita con el Comando General de las Fuerzas Militares a través de su página web www.cfgm.mil.co. Sin embargo, de ingresar hoy en día a esta dirección, la página de trámites no aparece disponible. Una vez concretó su cita, debía llevar consigo su cédula de ciudadanía original, el permiso original del revolver de su padre, un examen médico de aptitud psicofísica -el cual, dice él, es exactamente el mismo que se realiza para expedir una licencia de conducción-, una carta de solicitud para el trámite, cuatro fotografías del arma y dos improntas -el código serial- del Smith and Wesson.

Javier, una vez realizó todo el proceso, sintió que este estaba bien regulado y organizado por el Ministerio de Defensa, pero que, no obstante, la cita de renovación puede ser otorgada a largo plazo, como lo son tres o cuatro meses después de solicitada. Esta espera, en principio, parece que podría resultar perjudicial para algunas personas ya que se expiden multas de un cuarto del valor del salario mínimo legal vigente por tener permisos vencidos, pero Javier afirma que una vez se asigna la cita y se pasa la carta al Ministerio, no hay riesgo de ser sancionado por las autoridades.

Una gran parte de las armas no son vendidas por el Estado

Este proceso de herencia no es muy distinto a aquel que deben realizar las personas que desean comprar un arma para porte o tenencia. Según el mismo decreto 2535 de 1993, quien desee un arma simplemente debe diligenciar el formulario suministrado por la autoridad competente, su tarjeta de reservista o provisional militar, fotocopias de la cédula de ciudadanía y del certificado judicial -todas autenticadas por una notaría- y el examen psicofísico que comentó Javier. Además de lo anterior, la persona que realiza los trámites debe justificar las razones por las cuales solicita un permiso de porte o de tenencia y, para los casos de tenencia, la persona tendrá que informarles a las autoridades cualquier cambio de domicilio o lugar al que se tenga registrada el arma dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a que el cambio se produzca. Asimismo, existe la posibilidad de expedir permisos de porte o tenencia de una misma arma para parientes hasta un segundo grado de consanguinidad, entre cónyuges o compañeros permanentes, de ser autorizado.

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Una vez Javier realizó todos los trámites necesarios, pudo regresar con el arma de su padre registrada a su hogar bajo un permiso de tenencia, mas no de porte. A raíz de esto, afirma que le parecen innecesarios los permisos de porte ya que es la misma ley la que dicta que se prohíbe el porte de armas a lo largo del territorio nacional, razón por la cual los permisos de esta categoría son extremadamente limitados y estrictamente vigilados. Además, el Estado no solo vende las armas de manera exclusiva, sino también sus municiones. Estas últimas únicamente se pueden comprar de manera legal en el mismo ministerio presentando el permiso de porte o de tenencia, algo que Javier hace con cierta regularidad algunas veces al año para mantener en buen estado los cartuchos que tiene. No obstante, según cuenta Javier, esto se presta para que terceros, a través de alguien que cuenta con un salvoconducto, acceda a municiones para luego revenderlas y generar una ganancia a partir de procedimiento que resulta ilegal.

Asimismo, para él existe otra problemática respecto a la existencia de las armas en el país. A pesar de que, constitucionalmente, el Estado es el único ente que puede vender armas debido a que posee el monopolio legítimo de la fuerza, una gran parte de las armas que se encuentran en las calles de Colombia no son legales ni vendidas por el Estado. Pistolas, como aquella de 9 milímetros, que está limitada al uso exclusivo del Ejército, se encuentran en manos de la delincuencia común, según relata Javier a partir de diálogos que ha sostenido con personas que conocen del negocio. Además, resulta un gran reto para la Policía el y el Ejército conocer cómo se están obteniendo estas armas, quién las vende, cómo ingresan al país y, en general, tener un control de todas las armas legales e ilegales a lo largo y ancho del territorio colombiano.

Ocho mil muertes en 2019 por armas de fuego

La violencia con armas en Colombia ya ha cobrado miles de víctimas en los últimos años. Es más, Medicina Legal determinó que en 2o19, de 11.630 personas que perdieron la vida de forma violenta, 8.640 fue originado por un arma de fuego. Incluso con un permiso de tenencia, Javier podría enfrentarse a ciertas consecuencias si alguna vez se ve obligado a hacer uso de su arma. Por ejemplo, asegura que, si desde adentro de su domicilio -lugar donde tiene registrado el revolver- acciona el arma en contra de alguien que se halla por fuera de su propiedad, podría llegar a tener repercusiones legales. Para que su uso del arma sea completamente legítimo, debe accionarla en contra de alguien que esté adentro de su hogar y que represente una genuina amenaza.

Sin haber accionado su revolver nunca y guardando un grato recuerdo de su padre, Javier mantiene su arma debidamente registrada en su hogar. A lo largo de su vida ha sentido una atracción por las armas y ha disparado algunas de forma recreacional, pero nunca el revolver de su padre. Ahora bien, ¿usaría su revolver? ¿Podría alguien más en su familia hacer uso del arma si se ven amenazados? Javier la mantiene cargada en un lugar accesible de la casa, pero nunca se ha visto en necesidad de usarla. Dice que es una pregunta difícil para él, ya que menciona que no teme por su seguridad, pero que si alguien que ingresa a su hogar puede llegar a lastimar a su esposa o a alguna de sus tres hijas, contemplaría su uso por miedo a que algo le llegase a ocurrir a su familia.