'Día sin carro', en pro de la salud de los bogotanos

Miércoles, 05 Febrero 2020 20:42
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Este 6 de febrero se realizará la primera jornada del año. Plaza Capital le presenta las restricciones que habrá para la movilidad en Bogotá. 

 

 

Avenida Calle 26, noche antes del día sin carro||| Avenida Calle 26, noche antes del día sin carro||| Julián A. Rendón|||
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Este 6 de febrero será el 'Día sin carro' en Bogotá. Pese a las restricciones que existen un grupo de vehículos podrá transitar con tranquilidad por las vías capitalinas sin que se les sea impuesto un comparendo. Plaza Capital presenta las medidas que debe tener en cuenta.

Solo los vehículos que cuenten con permisos especiales y la documentación podrán circular libremente durante la jornada que se realizará entre las 5:00 de la mañana y las 7:30 de la noche

Esta jornada busca reducir la contaminación en la ciudad, además de que la movilidad en la capital sea mas fluida. Para esto la Alcaldía de Bogotá levantó el 'pico y placa' a los taxistas para que puedan ayudar a los ciudadanos para llegar a sus destinos.

Por otro lado, el 'Día sin carro' tiene como objetivo mitigar los gases tóxicos que su mayoría son producto de la circulación de vehículos de todo tipo. A esto se le suma que la Secretaría de Movilidad busca incentivar el uso del transporte público, la bicicleta y otro tipo de medios de transporten que no incumplan con esta medida que tiene como objetivo mitigar el impacto ambiental en la ciudad y salud de los ciudadanos. 

Estos son los vehículos que pueden circular mañana por Bogotá:

- Transporte público autorizado.

- Personas en condición de discapacidad que necesitan movilizarse.

- Ambulancias.

- Transporte escolar propiedad de instituciones educativas y que sea utilizado únicamente         para movilizar estudiantes.

- Vehículos de transporte autorizado que movilicen más de 10 pasajeros.

- Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios.

- Carros y motos pertenecientes a la Secretaría de Movilidad.

- Vehículos que hagan parte del esquema de seguridad presidencial.

- Automóviles y motocicletas de la Policía Nacional y de organismo de seguridad del Estado.

- Vehículos del cuerpo diplomático o consular que deben tener placas especiales asignadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

- Autos y motos que estén destinados a proteger personas bajo medidas de protección.

- Vehículos eléctricos sin emisiones de gases contaminantes.

- Coches fúnebres.

- Carros y motos pertenecientes a empresas de mensajería y domicilio; debe estar claramente visible e identificada la empresa para la cual trabaja.

- Automóviles de escuelas de enseñanza automovilística.

- Vehículos de Transmilenio que controlar sus operaciones.

- Vehículos de control de emisiones y vertimientos.

- Vehículos de transporte de valores.